Legislación › Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto.
Artículo 1. Naturaleza y personalidad jurídica.
Artículo 1. Naturaleza y personalidad jurídica.
El Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto, creado por la Ley 42/2002, de 14 de noviembre, es una corporación de derecho público constituida por los profesionales a él incorporados, amparada por la ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, de conformidad con la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.


