Legislación › Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto.
Artículo 21. Carácter democrático.
Artículo 21. Carácter democrático.
La Asamblea General es el órgano supremo que expresa la voluntad del colegio y se rige por los principios de participación igual y democrática de todos los colegiados.


