Legislación › Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior.
Artículo 18. El Consejo de la Comunidad Riojana en el Exterior.
Artículo 18. El Consejo de la Comunidad Riojana en el Exterior.
1. Para el cumplimiento de los fines establecidos en la presente Ley, se crea, como órgano consultivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejo de la Comunidad Riojana en el Exterior.
2. El Consejo de la Comunidad Riojana en el Exterior estará adscrito a la Consejería competente en materia de acción exterior.


