Legislación › Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación para el desarrollo.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
Mientras que el Consejo de Gobierno no dicte la normativa a que hace referencia el artículo 26 de esta Ley, las funciones de coordinación técnica interdepartamental tiene que ejercerlas la Comisión Interdepartamental de Acción Exterior.
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