Legislación › Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
Se autoriza al Gobierno de Navarra a dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y ejecución de esta Ley Foral.
← Disposición derogatoria única Índice Disposición final segunda →


