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Legislación › Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 39. Clasificación y adscripción de los organismos públicos.

Artículo 39. Clasificación y adscripción de los organismos públicos.

1. Los organismos públicos se clasifican en:

a) Organismos autónomos.

b) Entidades públicas empresariales.

2. Los organismos autónomos dependen de una Consejería a la que corresponde la planificación, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.

3. Las entidades públicas empresariales dependen de una Consejería o un organismo autónomo que ejercerá las funciones aludidas en el apartado anterior.

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