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Legislación › Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de organización y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Disposición adicional quinta. Régimen propio de otros entes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de enero de 2005 y la del 21 de mayo de 2016. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quinta. Régimen propio de otros entes.
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia y Murcia, el Consejo Económico y Social de la Región de Murcia y el Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia se regirán por esta ley en lo no previsto en su normativa específica.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15430 Leer Qué cambió
21 de mayo de 2016 BOE-A-2016-6042 Leer Qué cambió
19 de enero de 2005 Texto original Leer

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