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Legislación › Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.

Disposición transitoria tercera. Complemento de ascenso a teniente.

Disposición transitoria tercera. Complemento de ascenso a teniente.

El complemento por ascenso al empleo de teniente compensará la pérdida real en cómputo anual de retribuciones básicas, excluidos trienios, complemento de empleo y componente general del complemento específico, que pudieran experimentar los suboficiales al acceder al empleo de teniente por aplicación de las disposiciones transitoria quinta de la Ley 17/1989, de 19 de julio, adicional octava de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, y transitoria séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.

El importe será la diferencia entre las retribuciones anuales citadas de los empleos de teniente y suboficial mayor para aquellos que procedan de este empleo referidas a la misma situación administrativa.

Se modifica por el art. 1.20 del Real Decreto 28/2009, de 16 de enero. BOE-A-2009-1020

Esta modificación tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2008, según establece la disposición final 3.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2009-1020 Leer Qué cambió
6 de noviembre de 2005 Texto original Leer

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