Legislación › Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.
Disposición transitoria tercera. Complemento de ascenso a teniente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de noviembre de 2005 y la del 23 de enero de 2009.
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Disposición transitoria tercera. Complemento de ascenso a teniente.
El complemento por ascenso al empleo de teniente compensará la pérdida real en cómputo anual de retribuciones básicas, excluidos los trienios, el complemento de empleo y el componente general del complemento específico, que pudieran experimentar los suboficiales al acceder al empleo de teniente por aplicación de las disposiciones transitoria quinta de la Ley 17/1989, de 19 de julio, y adicional octava de la Ley 17/1999, de 18 de mayo. mayo, y transitoria séptima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
El importe será la diferencia entre las retribuciones anuales citadas de los empleos de teniente y suboficial mayor para aquellos que procedan de este empleo referidas a la misma situación administrativa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de enero de 2009 En vigor | BOE-A-2009-1020 | Leer | Qué cambió |
| 6 de noviembre de 2005 | Texto original | Leer |
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