LexTotal

Legislación › Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

Artículo 3. Composición.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de febrero de 2005 y la del 1 de septiembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3. Composición.
El Consejo Estatal de las Personas Mayores estará constituido por el presidente, dos tres vicepresidentes, el secretario y los consejeros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de septiembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-14464 Leer Qué cambió
6 de febrero de 2005 Texto original Leer

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →