LexTotal

Legislación › Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 141. Responsables.

Artículo 141. Responsables.

Serán sujetos responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas que, por acción u omi­sión, hayan participado en la comisión del hecho infractor, aun a título de simple inobservancia.

← Artículo 140 Índice Artículo 142 →