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Ley 11/2005, de 19 de octubre, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 11 de noviembre de 2005 · Último cambio el 30 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preámbulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 3. Clasificación.
- Artículo 4. Dominio público.
- Artículo 5. Dominio privado.
- Artículo 6. Régimen jurídico.
- Artículo 7. Autonomía patrimonial de las Universidades.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Capacidad de obrar de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 9. Autonomía patrimonial del Parlamento de La Rioja.
- Artículo 10. Autonomía patrimonial de los demás órganos estatutarios.
- Artículo 11. Capacidad para celebrar contratos privados con la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 12. Competencias. 2 redacciones · cambió el 28/12/2011
- Artículo 13. Deber de administración, conservación e información.
- Artículo 14. Deber general de cooperación y obligación de comparecer.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Régimen jurídico de los negocios jurídicos patrimoniales.
- Artículo 15 bis. Convenios patrimoniales y urbanísticos.
- Artículo 16. Expediente patrimonial.
- Artículo 17. Formalización.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Seguros.
- Artículo 19. Rendimientos del patrimonio y custodia de valores.
- Artículo 20. Valoración.
- Artículo 21. Contratos de obras en inmuebles de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos a las Consejerías del Gobierno de La Rioja.
- Artículo 23. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos a Organismos Públicos integrantes del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 24. Subrogación.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Extensión de la obligación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 26. Inventario General de Bienes y Derechos.
- Artículo 27. Formación, actualización y valoración.
- Artículo 28. Inventario de los Organismos Públicos.
- Artículo 29. Inventario de los Consorcios integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 30. Naturaleza del Inventario General de Bienes y Derechos.
- Sección 2
- Artículo 31. Órganos competentes para la formalización e inscripción de documentos.
- Artículo 32. Inscripciones registrales.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 33. Inembargabilidad de bienes y derechos.
- Sección 2
- Artículo 34. Enumeración de potestades.
- Artículo 35. Normas generales aplicables a las potestades de defensa.
- Sección 3
- Artículo 36. Naturaleza.
- Artículo 37. Inicio del procedimiento.
- Artículo 38. Procedimiento.
- Sección 4
- Artículo 39. Naturaleza.
- Artículo 40. Inicio del procedimiento.
- Artículo 41. Procedimiento.
- Artículo 42. Resolución.
- Sección 5
- Artículo 43. Naturaleza.
- Artículo 44. Procedimiento.
- Sección 6
- Artículo 45. Naturaleza.
- Artículo 46. Procedimiento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 47. Régimen de disponibilidad de los bienes y derechos.
- Artículo 48. Transacción y arbitraje.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 49. Adquisición de bienes y derechos.
- Sección 2
- Artículo 50. Herencias, legados y donaciones.
- Artículo 51. Cesiones administrativas.
- Sección 3
- Artículo 52. Adquisiciones a título oneroso.
- Artículo 53. Adquisición de bienes inmuebles y derechos reales a título oneroso.
- Artículo 54. Adquisición de edificios en construcción a título oneroso.
- Artículo 55. Afectación, adscripción y conservación de los bienes inmuebles y derechos adquiridos.
- Artículo 56. Adquisición de bienes muebles a título oneroso.
- Artículo 57. Adquisición por expropiación.
- Sección 4
- Artículo 58. Adquisición como consecuencia de transferencias.
- Artículo 59. Adquisición por usucapión, accesión u ocupación.
- Artículo 60. Adjudicación y dación en pago de bienes y derechos mediante resolución judicial o administrativa.
- Artículo 61. Adquisición derivada de actuaciones urbanísticas.
- Artículo 62. Adquisición de bienes por extinción de Organismos Públicos, por reducción de capital o fondos propios, o por restitución de aportaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 63. Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Artículo 64. Contratos mixtos.
- Artículo 65. Arrendamiento de bienes muebles.
- CAPÍTULO III
- Artículo 66. Constitución de sociedades mercantiles y adquisición de posición mayoritaria.
- Artículo 67. Adquisición de acciones, participaciones y valores.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 68. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 69. Afectación. Concepto y clases.
- Artículo 70. Afectación expresa.
- Artículo 71. Afectación tácita.
- Artículo 72. Afectación presunta.
- Artículo 73. Desafectación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 74. Mutaciones demaniales. Concepto y clases.
- Artículo 75. Mutación demanial interna.
- Artículo 76. Mutación demanial externa. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 77. Destino de los bienes demaniales y su explotación.
- Artículo 78. Uso de los bienes demaniales: clases.
- Artículo 79. Uso común general.
- Artículo 80. Uso común especial.
- Artículo 81. Uso privativo.
- Sección 2
- Artículo 82. Competencia para otorgar autorizaciones y concesiones.
- Artículo 83. Condiciones generales para otorgar determinadas autorizaciones y concesiones.
- Artículo 84. Procedimiento en régimen de concurrencia.
- Artículo 85. Contenido de las resoluciones.
- Artículo 86. Pérdida de la condición demanial de los bienes sobre los que exista concesión o autorización.
- Artículo 87. Extinción.
- Sección 3
- Artículo 88. Autorización administrativa.
- Artículo 89. Procedimiento.
- Sección 4
- Artículo 90. Concesión demanial.
- Artículo 91. Procedimiento.
- Artículo 92. Principios que rigen las concesiones de dominio público.
- Artículo 93. Condiciones de la concesión.
- Artículo 94. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 95. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 96. Titulización de derechos de cobro.
- Artículo 97. Destino de las obras a la extinción del título.
- Sección 5
- Artículo 98. Derecho de adquisición preferente.
- Artículo 99. Ocupación de espacios en edificios administrativos.
- Artículo 99 bis. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados.
- Artículo 100. Autorizaciones y concesiones vinculadas a contratos.
- Artículo 101. Reserva demanial.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 102. Enajenación de bienes y derechos a título oneroso.
- Artículo 103. Enajenación de bienes litigiosos.
- Artículo 104. Enajenación de bienes inmuebles y derechos reales.
- Artículo 105. Formas de enajenación de bienes inmuebles y derechos reales.
- Artículo 106. Aportación a Juntas de Compensación.
- Artículo 107. Enajenación de bienes muebles.
- Artículo 108. Enajenación de acciones, participaciones y valores.
- Artículo 109. Enajenación de derechos de propiedad incorporal.
- CAPÍTULO II
- Artículo 110. Permuta de bienes y derechos.
- Artículo 111. Permuta por cosa futura. 2 redacciones · cambió el 31/01/2020
- CAPÍTULO III
- Artículo 112. Cesiones gratuitas de propiedad de bienes inmuebles.
- Artículo 113. Cesiones gratuitas de uso de bienes inmuebles y derechos reales.
- Artículo 114. Cesiones gratuitas de derechos de superficie y otros derechos reales sobre bienes inmuebles.
- Artículo 115. Cesiones en precario de bienes inmuebles y derechos reales.
- Artículo 116. Cesiones gratuitas de bienes muebles.
- Artículo 117. Cesiones gratuitas de derechos incorporales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 118. Prescripción de los derechos sobre bienes patrimoniales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 119. Obligación de explotación del dominio privado con criterios de rentabilidad.
- Artículo 120. Explotación por medio de Organismo Público o ente instrumental.
- Artículo 121. Explotación por particulares de bienes inmuebles patrimoniales.
- Artículo 122. Duración de los contratos de explotación de bienes inmuebles. 2 redacciones · cambió el 31/01/2020
- Artículo 123. Contraprestación económica.
- Artículo 124. Efectos y extinción.
- Artículo 125. Verificación de las condiciones de explotación.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 126. Concepto de edificios administrativos.
- Artículo 127. Gestión patrimonial de los edificios administrativos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 128. Órganos de Coordinación.
- Artículo 129. Comisión Coordinadora de Edificios Administrativos.
- Artículo 130. Coordinación y Colaboración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 131. Objeto y contenido de los Planes y Programas de Actuación.
- Artículo 132. Planes de Actuación.
- Artículo 133. Programas de Actuación.
- Artículo 134. Facultades del Órgano Superior de Gestión Patrimonial de los Edificios Administrativos.
- Artículo 135. Subordinación de los actos de adquisición y disposición de inmuebles a la ejecución de planes y programas.
- Artículo 136. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso administrativo.
- Artículo 137. Actuaciones de Colaboración.
- TÍTULO VII
- Artículo 138. Infracciones.
- Artículo 139. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 140. Calificación de las infracciones.
- Artículo 141. Responsables.
- Artículo 142. Prescripción de infracciones.
- Artículo 143. Sanciones.
- Artículo 144. Prescripción de sanciones.
- Artículo 145. Procedimiento sancionador y competencia.
- Artículo 146. Reparación e indemnización de daños y perjuicios.
- Artículo 147. Multas coercitivas.
- Artículo 148. Medidas cautelares.
- Artículo 149. Ejecución subsidiaria.
- Artículo 150. Vía de apremio.
- Artículo 151. Hechos constitutivos de delito o falta.
- Disposición adicional primera. Propiedades administrativas especiales. 2 redacciones · cambió el 28/12/2011
- Disposición adicional segunda. Especialidades respecto del Inventario General de Bienes y Derechos.
- Disposición adicional tercera. Actualización de cuantías.
- Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Disposición adicional quinta. Creación de la Comisión Coordinadora de Edificios Administrativos.
- Disposición adicional sexta. Modificación del artículo 81 de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Disposición adicional séptima. Sentido desestimatorio del silencio administrativo en procedimientos que afecten a bienes patrimoniales.
- Disposición adicional octava. Viviendas oficiales.
- Disposición adicional novena. Modificación de la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Disposición adicional décima. 3 redacciones · cambió el 30/12/2024
- Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes.
- Disposición transitoria tercera. Aplicabilidad del apartado 5 del artículo 50 a las adquisiciones a título gratuito producidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.
- Disposición transitoria cuarta. Regularización de la situación de los órganos estatutarios.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


