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Legislación › Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.

Artículo 10. El secretario o secretaria.

Artículo 10. El secretario o secretaria.

1. Actúa como secretario o secretaria del Consejo de Dirección una persona funcionaria de la Agencia, designada por el presidente o presidenta, a propuesta del director o directora.

2. Las funciones del secretario o secretaria son:

a) Remitir, por orden del presidente o presidenta, las convocatorias de las reuniones del Consejo de Dirección.

b) Asistir a las reuniones del Consejo de Dirección, con voz y sin voto, y levantar las actas correspondientes.

c) Extender los certificados relativos a los acuerdos adoptados por el Consejo de Dirección, a petición de cualquiera de sus miembros.

d) Asesorar a la Presidencia y el Consejo de Dirección.

e) Las demás funciones que le sean encomendadas por la Presidencia o la Dirección.

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