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Legislación › Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.

Artículo 11. Estructuración orgánica.

Artículo 11. Estructuración orgánica.

El Gobierno, a propuesta del consejero o consejera del Departamento competente en materia de consumo, debe determinar por decreto la estructura y organización de la Agencia Catalana del Consumo con el objetivo de atender a las funciones que establece el artículo 3.

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