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Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 16 de febrero de 2005 · Último cambio el 31 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Creación de la Agencia Catalana del Consumo.
- Artículo 2. Objetivos y competencias.
- Artículo 3. Funciones. 3 redacciones · cambió el 13/03/2020
- Artículo 4. Órganos de gobierno.
- Artículo 5. El presidente o presidenta.
- Artículo 6. El vicepresidente o vicepresidenta. 2 redacciones · cambió el 31/12/2007
- Artículo 7. El Consejo de Dirección. 3 redacciones · cambió el 31/12/2021
- Artículo 8. Funciones del Consejo de Dirección.
- Artículo 9. El director o directora.
- Artículo 10. El secretario o secretaria.
- Artículo 11. Estructuración orgánica.
- Artículo 12. Desconcentración territorial. 3 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 13. Órganos Asesores.
- Artículo 14. Personal.
- Artículo 15. Recursos económicos. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
- Artículo 16. Bienes Patrimoniales.
- Artículo 17. Régimen de contratación.
- Artículo 18. Anteproyecto de presupuesto.
- Artículo 19. Régimen de control.
- Artículo 20. Régimen sancionador.
- Artículo 21. Régimen jurídico de los actos dictados por los órganos de la Agencia Catalana del Consumo.
- Artículo 22. Tratamiento de los datos de carácter personal.
- Disposición adicional primera. Disolución del Instituto Catalán del Consumo.
- Disposición adicional segunda. Decreto de estructuración de la Agencia Catalana del Consumo.
- Disposición adicional tercera. Modificación del número y la composición de los vocales del Consejo de Dirección.
- Disposición transitoria primera. Continuidad en las funciones.
- Disposición transitoria segunda. Reasignación del personal.
- Disposición transitoria tercera. Convocatoria de un proceso selectivo con reserva especial.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


