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Legislación › Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.

Disposición transitoria primera. Continuidad en las funciones.

Disposición transitoria primera. Continuidad en las funciones.

Las personas que ocupan puestos de trabajo en unidades afectadas por la presente Ley siguen ejerciendo sus funciones mientras no se desarrolle la estructura orgánica de la Agencia Catalana del Consumo y se adapten los nombramientos o se provean los puestos de trabajo correspondientes.

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