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Legislación › Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.

Artículo 5. El presidente o presidenta.

Artículo 5. El presidente o presidenta.

1. Es presidente o presidenta de la Agencia Catalana del Consumo el consejero o consejera del Departamento competente en materia de consumo.

2. Las funciones del presidente o presidenta son:

a) Ejercer la más alta representación y la máxima dirección de la Agencia.

b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Dirección.

c) Velar por el cumplimiento de los objetivos asignados a la Agencia.

d) Informar al Gobierno y al Parlamento, cuando le sea requerido, de las actuaciones llevadas a cabo por la Agencia.

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