Legislación › Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de Creación de la Agencia Catalana del Consumo.
Artículo 19. Régimen de control.
Artículo 19. Régimen de control.
1. La Agencia Catalana del Consumo está sometida al control de la Intervención General de la Generalidad, de acuerdo con lo que establece el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
2. La Agencia Catalana del Consumo está sometida al régimen de contabilidad pública.


