Legislación › Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil.
Artículo 14. Órgano de asesoramiento.
Artículo 14. Órgano de asesoramiento.
El Consejo de la Guardia Civil, según lo dispuesto en el artículo 54.4 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, analizará y valorará las propuestas efectuadas en virtud del principio de participación consagrado en el artículo 8.
Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto. BOE-A-2022-14058
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-14058 | Leer | Qué cambió |
| 27 de febrero de 2005 | Texto original | Leer |


