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Legislación › Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de montes y ordenación forestal.

Disposición final octava. Adaptación de ordenanzas municipales.

Disposición final octava. Adaptación de ordenanzas municipales.

En el plazo de dos años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las ordenanzas municipales se acomodarán a las previsiones contenidas en los instrumentos de planificación previstos en la misma.

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