Legislación › Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.
Artículo 10. Actividades o instalaciones sometidas.
Artículo 10. Actividades o instalaciones sometidas.
Se someten al régimen de autorización ambiental integrada la implantación, explotación, traslado y modificación sustancial de las actividades o instalaciones de titularidad pública o privada, que se recogen en los Anejos 2.A y 2.B, excluidas aquéllas que estén destinadas a investigación y desarrollo de nuevos productos o procesos.


