Legislación › Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.
Artículo 36. Solicitud y memoria-resumen.
Artículo 36. Solicitud y memoria-resumen.
1. Los titulares de proyectos, públicos o privados, comprendidos en el Anejo 3.B, deberán someter a la decisión del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda la necesidad de realizar una evaluación de impacto ambiental del proyecto, con carácter previo a cualquier otra intervención administrativa.
2. A tal efecto, presentarán al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda una memoria-resumen del proyecto que acredite las características, ubicación y potencial impacto ambiental del proyecto.


