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Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 28 de mayo de 2005 · Último cambio el 26 de septiembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- co
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Consejo Superior de Administración Electrónica. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Artículo 4. Funciones del Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Artículo 5. Composición del Pleno del Consejo Superior de Administración Electrónica. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Artículo 6. La Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica.
- Artículo 7. Composición de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Artículo 8. Las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Planes estratégicos departamentales en materia de tecnologías de la información y Administración electrónica.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 10. Competencias para el informe técnico de la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación de tecnologías de la información. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Artículo 11. Tramitación telemática de los informes a la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica.
- Artículo 12. Contenido del informe técnico de la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica y de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica sobre la memoria y los pliegos de prescripciones técnicas en materia de tecnologías de la información.
- Artículo 13. Enajenación de equipos de tecnologías de la información.
- Artículo 14. Desconcentración de competencias en los contratos de suministros. 2 redacciones · cambió el 06/10/2012
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. Modificación de referencias.
- Disposición adicional tercera. Régimen jurídico de los órganos colegiados.
- Disposición adicional cuarta. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
- Disposición adicional quinta. Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Defensa.
- Disposición transitoria primera. Expedientes de contratación en fase de informe.
- Disposición transitoria segunda. Regulación de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica.
- Disposición transitoria tercera. Recogida de información de recursos informáticos.
- Disposición transitoria cuarta. Informe sobre la adecuación de los planes directores de telecomunicaciones.
- Disposición transitoria quinta. Elaboración y publicación del directorio de órganos y entidades.
- Disposición transitoria sexta. Homologación de aplicaciones de utilización común.
- Disposición transitoria séptima. Criterios generales de seguridad, normalización y conservación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


