Legislación › Ley 3/2005, de 12 de mayo, de creación de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos.
Disposición adicional cuarta. Constitución del Consejo de Dirección.
Disposición adicional cuarta. Constitución del Consejo de Dirección.
El Consejo de Dirección del Banco de Sangre y Tejidos de Aragón quedará constituido en el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
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