LexTotal

Legislación › Ley 3/2005, de 12 de mayo, de creación de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos.

Disposición transitoria primera. Sucesión de persona jurídica empleadora.

Disposición transitoria primera. Sucesión de persona jurídica empleadora.

En el caso de desaparición de la entidad pública aragonesa del Banco de Sangre y Tejidos, los empleados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón incorporados a la función pública de la Comunidad Autónoma de Aragón que hubieran sido adscritos a ella tendrán derecho, sin solución de continuidad, a incorporarse a una plaza del departamento de procedencia, con la misma categoría y nivel retributivo alcanzados y en la misma localidad de origen, computándose a todos los efectos los derechos y el tiempo de servicios prestados en la entidad como prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

← Disposición adicional quinta Índice Disposición transitoria segunda →