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Legislación › Ley 1/2006, de 19 de abril, del sector audiovisual.

Artículo 7. Archivo Audiovisual de la Comunitat Valenciana.

Artículo 7. Archivo Audiovisual de la Comunitat Valenciana.

1. Se crea el Archivo Audiovisual de la Comunitat Valenciana para coordinar los archivos y fondos audiovisuales de la Generalitat y sus instituciones, en especial los archivos del Institut Valencià de Cultura y los de la Radiotelevisió Valenciana, SAU, en liquidación, así como de aquellas otras instituciones públicas o privadas que quieran adherirse, con los objetivos de:

a) Facilitar a la ciudadanía el conocimiento y difusión del patrimonio audiovisual valenciano.

b) Fomentar el archivo y la sistematización de la documentación sonora, fílmica, gráfica y audiovisual de la Comunitat Valenciana.

c) Apoyar y asesorar a aquellas instituciones públicas o privadas que quieran digitalizar sus archivos audiovisuales e integrarlos o conectarlos con el Archivo Audiovisual de la Comunitat Valenciana.

d) Asesorar a las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana en materia de archivos audiovisuales.

e) Fomentar la difusión e internacionalización del audiovisual y los activos audiovisuales de la Comunitat Valenciana.

f) Aquellos otros que se le puedan encomendar.

2. Mediante desarrollo reglamentario se determinará la organización y gestión del Archivo Audiovisual de la Comunitat Valenciana, así como las bases del sistema de protección, conservación, tratamiento, difusión y acceso a los fondos documentales del mismo.

3. Los fondos documentales que conforman el conjunto documental de la extinta RTVV podrán cederse para su difusión y explotación, en los términos que determine el Consell de l’Audiovisual de la Comunitat Valenciana y conforme a los derechos que puedan existir sobre los mismos, a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, públicos y privados, con título habilitante otorgado por la Generalitat.

Se modifica por la disposición final 2.3 de la Ley 10/2018, de 18 de mayo. BOE-A-2018-7640

Se modifica el apartado 1 y se suprime el 3 por el art. 52 y 53 de la Ley 16/2008, de 22 de diciembre. BOE-A-2009-1603

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de mayo de 2018 En vigor BOE-A-2018-7640 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-1603 Leer Qué cambió
21 de julio de 2006 Texto original Leer

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