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Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 16. Competencias de los organismos autónomos.

Artículo 16. Competencias de los organismos autónomos.

Corresponde a los organismos autónomos dentro del ámbito de su respectiva competencia:

a) La elaboración del anteproyecto de su presupuesto anual.

b) La autorización de los gastos y la ordenación de los pagos según el presupuesto aprobado.

c) Las demás que les atribuyan las leyes.

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