Legislación › Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Disposición adicional décima. Régimen presupuestario y contable del Consejo Económico y Social.
Disposición adicional décima. Régimen presupuestario y contable del Consejo Económico y Social.
El régimen presupuestario del Consejo Económico y Social es el establecido para las entidades y órganos con dotación diferenciada con presupuesto limitativo en el título IV de la presente Ley. El Pleno del Consejo elaborará anualmente el correspondiente anteproyecto de presupuesto de gastos que remitirá a la Consejería de Hacienda para su incorporación al de presupuestos generales de la Comunidad. Su régimen de contabilidad es el establecido para los organismos autónomos por esta Ley.
← Disposición adicional novena Índice Disposición adicional undécima →


