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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Artículo 569-15. Pluralidad de prendas e indivisibilidad.

Artículo 569-15. Pluralidad de prendas e indivisibilidad.

1. Un bien empeñado puede volverse a empeñar, salvo pacto en contrario. La persona que empeñe tiene la carga de manifestar, en el momento de la constitución de la nueva prenda, la existencia y las condiciones de las prendas anteriores.

1 bis. En caso de ejecución, la prioridad entre las distintas prendas viene determinada por la fecha de su constitución, salvo pacto en contra.

2. La garantía es indivisible, aunque se dividan el crédito o la deuda.

Se modifica el apartado 1 y se añade el apartado 1 bis, por el art. 180.2 y 3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se deja sin efecto la modificación de este precepto por Acuerdo de 26 de junio de 2019. Ref. DOGC-f-2019-90510, por el que se deroga el Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo.

Se modifica por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 9/2019, de 21 de mayo. Ref. DOGC-f-2019-90495

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
5 de julio de 2019 BOE-A-2019-90510 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2019 BOE-A-2019-90495 Leer Qué cambió
1 de julio de 2006 Texto original Leer

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