Legislación › Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.
Artículo 33. Comercialización de semillas y plantas de vivero procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de agosto de 2006 y la del 27 de diciembre de 2009.
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Artículo 33. Comercialización de semillas y plantas de vivero procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea.
1. Las semillas y plantas de vivero de especies cuya comercialización no esté regulada en el ámbito de la Unión Europea y que procedan de sus Estados miembros deberán cumplir los siguientes requisitos para poder ser comercializadas en España: venir acompañadas de un certificado expedido por la autoridad competente del Estado miembro de donde procedan, en el que se haga constar que dichas semillas y plantas de vivero están autorizadas para comercializarse en dicho país.
a) Ofrecer las mismas garantías que las producidas en España, de acuerdo con la reglamentación específica y con la normativa fitosanitaria en vigor.
b) Venir
2. Las semillas y plantas de vivero que procedan de Estados miembros de la Unión Europea y pertenezcan a especies y categorías reguladas por las directivas comunitarias podrán ser comercializadas libremente, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos en éstas.
3. Los introductores de semillas y plantas de vivero a los que se refieren los apartados anteriores deberán cumplimentar y aportar ante los órganos competentes de las Comunidades Autónomas los documentos y datos necesarios para facilitar el control y la información prevista en la legislación comunitaria y para confeccionar las estadísticas nacionales. Las Comunidades Autónomas facilitarán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación todos los datos e informaciones de que dispongan, para el cumplimiento de dichas finalidades.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-20725 | Leer | Qué cambió |
| 26 de agosto de 2006 | Texto original | Leer |


