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Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

Artículo 157.

Artículo 157.

La compañía familiar gallega se constituye entre labradores con vínculos de parentesco, para vivir juntos y explotar en común tierras, lugar acasarado o explotaciones pecuarias de cualquier naturaleza pertenecientes a todos o a alguno de los reunidos.

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