Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 157.
Artículo 157.
La compañía familiar gallega se constituye entre labradores con vínculos de parentesco, para vivir juntos y explotar en común tierras, lugar acasarado o explotaciones pecuarias de cualquier naturaleza pertenecientes a todos o a alguno de los reunidos.


