Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 30.
Artículo 30.
Excepto los casos de adopción por ambos cónyuges, nadie puede ser adoptado por más de una persona.
Legislación › Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.
Artículo 30.
Excepto los casos de adopción por ambos cónyuges, nadie puede ser adoptado por más de una persona.
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