Legislación › Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 128. Procedimiento sancionador.
Artículo 128. Procedimiento sancionador.
Para la imposición de las sanciones previstas en este título se seguirá el procedimiento previsto en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.


