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Ley 6/2006, de 17 de julio, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 21 de agosto de 2006 · Último cambio el 15 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 2. Concepto de patrimonio de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 3. Clasificación de los bienes que integran el patrimonio de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 4. Bienes y derechos de dominio público o demaniales.
- Artículo 5. Principios relativos a los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 6. Bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales.
- Artículo 7. Principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales.
- Artículo 8. Competencias.
- Artículo 9. Inventario patrimonial.
- Artículo 10. Inscripciones registrales.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales.
- Artículo 12. Libertad de pactos.
- Artículo 13. Expediente patrimonial.
- Artículo 14. Formalización.
- Artículo 15. Tasaciones periciales e informes técnicos.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 16. Modos de adquirir bienes y derechos.
- Artículo 17. Adjudicaciones de bienes y derechos en procedimientos judiciales o administrativos.
- Artículo 18. Adquisiciones derivadas del ejercicio de la potestad expropiatoria.
- Artículo 19. Adquisición onerosa de bienes y derechos.
- Artículo 20. Adquisiciones a título gratuito.
- Artículo 21. Normas especiales para las adquisiciones hereditarias.
- Artículo 22. Prescripción adquisitiva.
- Artículo 23. Ocupación de bienes muebles.
- Sección 2
- Artículo 24. Negocios jurídicos de adquisición.
- Artículo 25. Procedimiento de adquisición de inmuebles o derechos sobre los mismos.
- Artículo 26. Adquisición de edificios en construcción.
- Artículo 27. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios.
- Artículo 28. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
- Artículo 29. Adquisición de títulos de sociedades mercantiles.
- Sección 3
- Artículo 30. Procedimiento para el arrendamiento de inmuebles.
- Artículo 31. Tramitación anticipada de contratos de arrendamiento.
- Artículo 32. Arrendamiento de parte del derecho de uso o utilización compartida de inmuebles.
- Artículo 33. Utilización del bien arrendado.
- Artículo 34. Resolución anticipada del contrato.
- Artículo 35. Contratos mixtos.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 36. Bienes y derechos enajenables.
- Artículo 37. Negocios jurídicos de enajenación.
- Sección 2
- Artículo 38. Competencia.
- Artículo 39. Trámites previos a la enajenación.
- Artículo 40. Formas de enajenación.
- Artículo 41. Procedimiento de enajenación.
- Artículo 42. Enajenación a propietarios colindantes.
- Artículo 43. Aportación a juntas de compensación.
- Artículo 44. Enajenación gratuita de bienes o derechos.
- Sección 3
- Artículo 45. Enajenación onerosa de bienes muebles.
- Artículo 46. Enajenación gratuita de bienes muebles.
- Artículo 47. Enajenación de bienes muebles de desecho.
- Sección 4
- Artículo 48. Enajenación de títulos de sociedades mercantiles.
- Sección 5
- Artículo 49. Competencia.
- Artículo 50. Procedimiento.
- Sección 6
- Artículo 51. Permuta de bienes y derechos.
- Artículo 52. Competencia.
- Artículo 53. Procedimiento.
- Sección 7
- Artículo 54. Cesión de uso de bienes y derechos.
- Artículo 55. Competencia.
- Artículo 56. Vinculación al fin.
- Artículo 57. Procedimiento.
- Artículo 58. Resolución de la cesión.
- Artículo 59. Imposición de cargas y gravámenes.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 60. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público.
- Artículo 61. Forma de la afectación.
- Artículo 62. Afectaciones concurrentes.
- Artículo 63. Procedimiento para la afectación de bienes y derechos.
- Artículo 64. Desafectación de los bienes y derechos de dominio público.
- Artículo 65. Procedimiento para la desafectación.
- Artículo 66. Mutaciones demaniales.
- Artículo 67. Procedimiento para la mutación demanial.
- Artículo 68. Adscripción a organismos públicos.
- Artículo 69. Procedimiento para la adscripción.
- Artículo 70. Desadscripción.
- Artículo 71. Resolución de discrepancias.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 72. Tipos de uso de los bienes de dominio público.
- Artículo 73. Títulos habilitantes.
- Artículo 74. Reservas demaniales.
- Sección 2
- Artículo 75. Competencia y condiciones de las autorizaciones y concesiones.
- Artículo 76. Autorizaciones.
- Artículo 77. Concesiones demaniales.
- Artículo 78. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales.
- Artículo 79. Otorgamiento de autorizaciones y concesiones en régimen de concurrencia.
- Artículo 80. Derechos reales sobre obras en dominio público.
- Artículo 81. Transmisión de derechos reales.
- Artículo 82. Titularización de derechos de cobro.
- Artículo 83. Extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
- Artículo 84. Destino de las obras a la extinción del título.
- Artículo 85. Liquidación de concesiones y autorizaciones de ocupación sobre bienes desafectados.
- Artículo 86. Derecho de adquisición preferente.
- Sección 3
- Artículo 87. Bienes destinados a la prestación de servicios públicos.
- Artículo 88. Autorizaciones especiales de uso sobre bienes adscritos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 89. Competencia.
- Artículo 90. Contratos para la explotación de bienes patrimoniales.
- Artículo 91. Procedimiento de adjudicación.
- Artículo 92. Frutos y rentas patrimoniales.
- Artículo 93. Administración y explotación de propiedades incorporales.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 94. Deberes, facultades y prerrogativas.
- Artículo 95. Adopción de medidas cautelares.
- Artículo 96. Régimen de control judicial.
- Artículo 97. Comunicación de hechos punibles.
- CAPÍTULO II
- Artículo 98. Facultad de investigación.
- Artículo 99. Competencia.
- Artículo 100. Procedimiento de investigación.
- Artículo 101. Premio por denuncia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 102. Potestad de deslinde.
- Artículo 103. Competencia.
- Artículo 104. Procedimiento de deslinde.
- Artículo 105. Inscripción.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 106. Potestad de recuperación posesoria.
- Artículo 107. Competencia.
- Artículo 108. Procedimiento para el ejercicio de la potestad de recuperación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 109. Potestad de desahucio.
- Artículo 110. Competencia.
- Artículo 111. Procedimiento para el ejercicio de la potestad de desahucio.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 112. Colaboración del personal al servicio de la Administración.
- Artículo 113. Colaboración ciudadana.
- Artículo 114. Notificación de determinados actos y contratos.
- Artículo 115. Facilitación de información.
- TÍTULO IV
- Artículo 116. Ámbito.
- Artículo 117. Régimen jurídico y patrimonial de las sociedades mercantiles públicas.
- Artículo 118. Constitución y disolución de sociedades mercantiles.
- Artículo 119. Adquisición de títulos representativos de capital y de deuda de sociedades mercantiles.
- Artículo 120. Enajenación de títulos representativos de capital y de deuda de sociedades mercantiles.
- Artículo 121. Tutela funcional de las sociedades mercantiles públicas.
- Artículo 122. Representación en los órganos sociales.
- Artículo 123. Notificación de acuerdos sociales e información económico-financiera.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 124. Infracciones.
- Artículo 125. Sanciones.
- Artículo 126. Prescripción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 127. Órganos competentes.
- Artículo 128. Procedimiento sancionador.
- Artículo 129. Ejecución de las sanciones.
- Disposición adicional primera. Régimen patrimonial del Parlamento de Canarias y demás órganos estatutarios.
- Disposición adicional segunda. Bienes vinculados a competencias transferencias o delegadas.
- Disposición adicional tercera. Competencias en materia de vivienda.
- Disposición adicional cuarta. Bienes vinculados a universidades.
- Disposición adicional quinta. Actualización de cuantías.
- Disposición adicional sexta. Subrogación del usuario a efectos de contratos de seguro y responsabilidad civil.
- Disposición adicional séptima. Organismos autónomos y entidades públicas empresariales.
- Disposición adicional octava. Modificación de la Ley 2/2003,de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
- Disposición adicional novena. Patrimonio de la Agencia Tributaria Canaria. 2 redacciones · cambió el 15/03/2023
- Disposición transitoria primera. Aplicabilidad del Reglamento.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las concesiones demaniales vigentes.
- Disposición transitoria tercera. Aplicabilidad del artículo 20.4 de esta ley a donaciones efectuadas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de los expedientes patrimoniales.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


