Legislación › Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos iniciados.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos iniciados.
Tiene que continuarse la tramitación de los procedimientos administrativos iniciados antes de que entre en vigor esta ley de acuerdo con la normativa vigente en el momento de iniciarse.
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