LexTotal

Legislación › Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León.

Artículo 1. Objeto de la ley.

Artículo 1. Objeto de la ley.

La presente ley tiene por objeto promover, fomentar y ordenar la participación solidaria de los ciudadanos en las actividades organizadas de voluntariado, y regular las relaciones que, con respecto a dichas actividades, puedan establecerse entre las personas voluntarias, las entidades de voluntariado inscritas en el Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León, los destinatarios de la acción voluntaria y las Administraciones públicas de Castilla y León.

Igualmente es objeto de esta ley determinar en el territorio de Castilla y León las funciones de las Administraciones públicas de la Comunidad de Castilla y León, en el ámbito de sus respectivas competencias y la cooperación entre ellas.

Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre. BOE-A-2021-16411

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-16411 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2006 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →