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Legislación › Ley 8/2006, de 10 de octubre, del voluntariado en Castilla y León.

Artículo 22. Responsabilidad extracontractual frente a terceros.

Artículo 22. Responsabilidad extracontractual frente a terceros.

Las entidades de voluntariado responderán frente a terceros por los daños y perjuicios causados por las personas voluntarias que participen en sus programas como consecuencia de los cometidos que a estos les hayan sido asignados, todo ello de conformidad con la normativa que en cada caso resulte aplicable, en razón de la condición privada o pública de la entidad de voluntariado de que se trate, debiéndose suscribir a tal efecto una póliza de seguro u otro tipo de garantía financiera que cubra la responsabilidad civil.

Se modifica por la disposición final 1.15 de la Ley 5/2021, de 14 de septiembre. BOE-A-2021-16411

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de octubre de 2021 En vigor BOE-A-2021-16411 Leer Qué cambió
19 de noviembre de 2006 Texto original Leer

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