LexTotal

Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.

Disposición transitoria primera. Vigencia temporal de la normativa vigente.

Disposición transitoria primera. Vigencia temporal de la normativa vigente.

En la medida en que no se promulguen las disposiciones de carácter general a las que hace referencia la disposición final primera de esta ley, continúan en vigor las normas reglamentarias existentes, mientras no se opongan a la presente ley.

← Disposición adicional Índice Disposición transitoria segunda →