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Legislación › Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.

Disposición transitoria segunda. Adaptación de la normativa de las entidades deportivas.

Disposición transitoria segunda. Adaptación de la normativa de las entidades deportivas.

Las disposiciones estatutarias y reglamentarias de las entidades deportivas incluidas en esta ley se adaptarán a lo dispuesto en la misma, dentro de los plazos que se determinen en las normas de desarrollo de ésta.

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