Legislación › Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.
Disposición transitoria cuarta. Responsabilidad tributaria por levantamiento del velo.
Disposición transitoria cuarta. Responsabilidad tributaria por levantamiento del velo.
La responsabilidad tributaria establecida en el apartado cinco del artículo quinto de esta Ley podrá ser exigida cuando los presupuestos de hecho determinantes de la responsabilidad concurran a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 4814, de 8 de marzo de 2007. BOE-A-2007-4814
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