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Legislación › Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo.

Artículo 45. Congreso Mundial de comunidades andaluzas.

Artículo 45. Congreso Mundial de comunidades andaluzas.

A fin de promover las relaciones y la colaboración entre las comunidades andaluzas y de éstas con las instituciones andaluzas, se celebrará cada cuatro años un Congreso Mundial de comunidades andaluzas.

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