Legislación › Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los andaluces en el mundo.
Artículo 45. Congreso Mundial de comunidades andaluzas.
Artículo 45. Congreso Mundial de comunidades andaluzas.
A fin de promover las relaciones y la colaboración entre las comunidades andaluzas y de éstas con las instituciones andaluzas, se celebrará cada cuatro años un Congreso Mundial de comunidades andaluzas.


