Legislación › Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 65. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones demaniales.
Artículo 65. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones demaniales.
Las concesiones y autorizaciones sobre los bienes y derechos demaniales del patrimonio de la Comunidad serán otorgadas por los titulares de las consejerías a que se encuentren afectados, o por los órganos rectores de las entidades que los tengan adscritos o a cuyo patrimonio pertenezcan.


