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Orden EHA/3947/2006, de 21 de diciembre, por la que se aprueban los modelos, plazos, requisitos y condiciones para la presentación e ingreso de la declaración-liquidación y de la declaración resumen anual de operaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón y se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.

En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 28 de diciembre de 2006 · Último cambio el 24 de septiembre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo 1. Aprobación del modelo 595 de declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre el Carbón. 2 redacciones · cambió el 21/03/2018
  3. Artículo 2. Forma y condiciones generales para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 595.
  4. Artículo 3. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 595.
  5. Artículo 4. Aprobación de la declaración resumen anual de operaciones realizadas.
  6. Artículo 5. Plazo de presentación de la declaración resumen anual de operaciones.
  7. Artículo 6. Forma, condiciones generales y requisitos para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo 596.
  8. Artículo 7. Aprobación del modelo de tarjeta identificativa de la inscripción de los obligados a presentar las declaraciones-liquidaciones y las declaraciones anuales de operaciones.
  9. Disposición transitoria única. Presentación de la declaración-liquidación y de la declaración resumen anual de operaciones, comprensivas de las operaciones realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.
  10. Disposición final primera. Modificación de la Orden de 15 de junio de 1995 por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.
  11. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  12. Firma
  13. ANEXO I
  14. ANEXO II
  15. ANEXO III
  16. ANEXO IV
  17. ANEXO V
  18. ANEXO VI