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Legislación › Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears.

Artículo 3. Ámbito de aplicación:

Artículo 3. Ámbito de aplicación:

Esta ley es de aplicación a todas las situaciones de riesgo, emergencia, catástrofe o calamidad que se produzcan en el territorio de la comunidad autónoma de las Illes Balears, sin perjuicio de lo establecido en la legislación estatal para las situaciones de emergencia declaradas de interés nacional.

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