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Legislación › Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Artículo 100. Ordenación del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y relaciones de puestos de trabajo.

Artículo 100. Ordenación del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y relaciones de puestos de trabajo.

Los puestos de trabajo a desempeñar por letrados y letradas de la Administración de Justicia se ordenan a través de las relaciones de puestos de trabajo, que en todo caso serán públicas, en la forma prevista en la Ley Orgánica 1/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se modifica por la disposición final 2.1 del Real Decreto 530/2025, de 24 de junio. BOE-A-2025-12861

Redacciones de este artículo

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26 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-12861 Leer Qué cambió
21 de enero de 2006 Texto original Leer

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