Legislación › Ley 2/2005, de 11 de marzo, de Academias de la Región de Murcia.
Artículo 29. Datos registrales.
Artículo 29. Datos registrales.
En el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se inscribirán:
a) Los actos de creación, fusión, segregación y extinción de las academias de la Región de Murcia.
b) Los estatutos de las academias y sus modificaciones.
c) Los reglamentos de régimen interior de las academias y sus modificaciones.
d) Los domicilios sociales de las academias y sus cambios.
e) El nombre de las personas que integran los órganos de gobierno de las academias y el de los académicos de número.


