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Legislación › Ley 2/2005, de 11 de marzo, de Academias de la Región de Murcia.

Artículo 29. Datos registrales.

Artículo 29. Datos registrales.

En el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se inscribirán:

a) Los actos de creación, fusión, segregación y extinción de las academias de la Región de Murcia.

b) Los estatutos de las academias y sus modificaciones.

c) Los reglamentos de régimen interior de las academias y sus modificaciones.

d) Los domicilios sociales de las academias y sus cambios.

e) El nombre de las personas que integran los órganos de gobierno de las academias y el de los académicos de número.

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