Legislación › Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Disposición adicional décima. Suelo no urbanizable especial de protección al paisaje.
Disposición adicional décima. Suelo no urbanizable especial de protección al paisaje.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.3) de la Ley 4/2024, de 1 de julio. BOE-A-2024-14006
Se suspende la aplicación de esta disposición, con efectos de 25 de mayo de 2022 hasta que se dicte la nueva directriz de suelo no urbanizable, fijándose un plazo máximo de suspensión hasta el 25 de noviembre de 2022, según establece el art. único de la Ley 7/2022, de 23 de mayo. BOE-A-2022-9534
Se añade por el art. 9.4 de la Ley 7/2021, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-341
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de julio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-14006 | Leer | Qué cambió |
| 26 de mayo de 2022 | BOE-A-2022-9534 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-341 | Leer |
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