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Ley 16/2006, de 26 de mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano de la Unión Europea.
Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 27 de mayo de 2006 · Último cambio el 8 de julio de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Miembro nacional de Eurojust.
- Artículo 2. Nombramiento.
- Artículo 3. Duración del nombramiento y situación administrativa.
- Artículo 4. Cese.
- Artículo 5. Memoria anual.
- Artículo 6. Asistente del miembro nacional de Eurojust.
- Artículo 7. Funciones del asistente.
- Artículo 8. Corresponsales nacionales de Eurojust.
- Artículo 9. Funciones de los corresponsales nacionales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Facultades de cooperación jurídica internacional.
- Artículo 11. Acceso a la información.
- Artículo 12. Protección de datos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Deber de colaboración con Eurojust.
- Artículo 14. Actuaciones a instancia de Eurojust.
- Artículo 15. Solicitudes de intervención de Eurojust.
- Artículo 16. Remisión a España de las actuaciones penales iniciadas en otro Estado miembro de la Unión Europea.
- Artículo 17. Miembro de la Autoridad Común de Control.
- Disposición adicional primera. De los magistrados de enlace.
- Disposición adicional segunda. De las redes judiciales europeas.
- Disposición adicional tercera. Régimen retributivo.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de los nombramientos.
- Disposición transitoria segunda. Procuradores de los tribunales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


