Legislación › Ley
Ley 18/2006, de 5 de junio, para la eficacia en la Unión Europea de las resoluciones de embargo y de aseguramiento de pruebas en procedimientos penales.
Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 6 de junio de 2006 · Último cambio el 21 de noviembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y definiciones.
- Artículo 2. Resoluciones de embargo de bienes o de aseguramiento de pruebas.
- Artículo 3. Autoridades judiciales españolas competentes.
- Artículo 4. Indemnizaciones y reembolsos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Transmisión de las resoluciones de embargo de bienes y de aseguramiento de pruebas.
- Artículo 6. Documentación.
- Artículo 7. Derecho aplicable a la medida acordada.
- Artículo 8. Cese de las medidas.
- Artículo 9. Recursos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Doble tipificación de los delitos.
- Artículo 11. Reconocimiento y ejecución inmediata.
- Artículo 12. Normas aplicables para la ejecución de la resolución.
- Artículo 13. Duración de la medida.
- Artículo 14. Motivos de no reconocimiento o no ejecución de las medidas solicitadas.
- Artículo 15. Motivos de suspensión de la ejecución.
- Artículo 16. Recursos.
- Disposición adicional única. Transmisión de medidas con el Reino Unido y la República de Irlanda.
- Disposición transitoria única. Resoluciones en curso.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Disposición final segunda. Competencia estatal.
- Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


