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Legislación › Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Artículo 23. Convalidación de módulos formativos.

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Artículo 23. Convalidación de módulos formativos.
1. Serán objeto de convalidación En la norma que regule cada título se establecerán los módulos formativos comunes a varios ciclos formativos de artes plásticas y diseño, siempre que podrán ser convalidados por otros que tengan igual denominación, duración, la misma carga lectiva o ECTS y similitud de objetivos, contenidos y criterios de evaluación, evaluación. Asimismo, podrán determinarse módulos no susceptibles de acuerdo con lo establecido convalidación por ser sus objetivos y contenidos específicos de la norma especialidad del ciclo que regule cada título. se cursa y distintivos del título que se obtiene al finalizar dichos estudios.
2. El Ministerio de Educación y Ciencia, previa consulta a las Administraciones educativas, podrá regular Formación Profesional resolverá las solicitudes de convalidaciones entre módulos formativos con distinta denominación pero con similitud de contenidos, objetivos, criterios los módulos que conforman las enseñanzas mínimas de evaluación y carga lectiva.
3. Las convalidaciones
un ciclo formativo no contempladas en los apartados anteriores deberán ser solicitadas al Ministerio de Educación y Ciencia reglamentariamente, de acuerdo con el procedimiento establecido en a tal efecto. Para una resolución favorable será necesaria la normativa vigente, para coincidencia de carga lectiva y la resolución máxima similitud de objetivos y contenidos.
3. Las Administraciones educativas resolverán sobre las convalidaciones de los módulos
que proceda. les son propios de acuerdo con sus desarrollos curriculares.
4. Los módulos que sean objeto de convalidación figurarán en el expediente académico del alumno con la expresión de «Convalidado». "Convalidado".

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de julio de 2022 En vigor BOE-A-2022-12503 Leer Qué cambió
26 de mayo de 2007 Texto original Leer

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